En conformidad con los lineamientos del Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos de Norteamérica, [USCIS por sus siglas en inglés], a un extranjero con habilidades extraordinarias le corresponde la clasificación de Visa EB-1A. Esta categoría les aplica a los extranjeros que se han distinguido de forma extraordinaria en su campo de trabajo, profesionalmente o en su área de estudios. En efecto, estos candidatos para una visa de primera preferencia basada en el empleo, no tienen que buscar el patrocinio de un patrón, ya que una petición EB-1A no requiere ni una oferta de empleo ni una certificación laboral.

Calificaciones Necesarias para la EB-1A

Para calificar en esta categoría, se deberá demostrar que el solicitante ha alcanzado un nivel de pericia que demuestra que esta persona pertenece a ese pequeño porcentaje de personas que han llegado a la cima más alta en el dominio y conocimiento de su campo de acción. Se deberá establecer también que el solicitante vendrá a los Estados Unidos de Norteamérica para aplicar todas estas destrezas y conocimientos en un trabajo que requiera estos conocimientos por parte de la entidad que dará el trabajo.

El tipo de documentación requerida para establecer que usted tiene habilidades extraordinarias se indica a continuación:

  1. La documentación probatoria de haber recibido un premio de importancia capital por haber alcanzado un gran y extraordinario logro, por ejemplo, haber recibido un Premio Nobel o un Pulitzer
  2. El solicitante debe someter por lo menos tres de los siguientes tipos de documentación:
  • La documentación que lo acredite como ganador de premios nacionales o internacionales que sean muy reconocidos o premios a la excelencia en el campo de pericia del solicitante.
  • Documentos que prueben su afiliación a asociaciones en el campo de pericia del solicitante. Estas asociaciones deberán requerir logros extraordinarios por parte de sus miembros, según lo juzguen y reconozcan los expertos en dicho campo, tanto nacionales como internacionales.

  • Copias de publicaciones sobre los logros del solicitante que se hayan hecho en editoriales profesionales o de renombre; o en los medios masivos de comunicación. Estas publicaciones deberán estar relacionadas con el trabajo del solicitante en su campo de destreza y deben incluir todos los datos del autor, como su título y la fecha en que fueron hechas.

  • Evidencias de que el solicitante ha actuado como juez hacia los trabajos de otras personas en el mismo campo de pericia o en un campo relacionado, ya sea individualmente o como miembro de una junta de expertos.

  • Evidencias de las contribuciones científicas o intelectuales del solicitante que sean originales y que hayan sido de la mayor importancia en su campo; o la presentación de artículos de su autoría especializados en su campo, ya sea en revistas profesionales especializadas o en medios de comunicación con una difusión de alto alcance.

  • Presentar evidencias de empleo del solicitante donde su contribución haya sido crítica o de una importancia esencial para una organización o establecimiento que tenga una muy distinguida reputación.

  • Presentar evidencias de un salario muy alto en el presente o el pasado; o una promesa de estos salarios en el futuro; u otra remuneración altamente significativa por servicios prestados que sean comparables a otros en el mismo campo de acción.

Para las personas que radiquen fuera de los Estados Unidos de Norteamérica

El cambio de su estatus es una opción que solamente está disponible para aquellos que ya están trabajando dentro de los Estados Unidos, bajo una visa diferente (por ejemplo la O-1). Si éste no fuera su caso y usted está actualmente fuera de los Estados Unidos, usted necesitará pasar por el proceso a través de un consulado.

Esto significa que usted necesitará hacer una cita con el Consulado o la Embajada de los Estados Unidos en su país de origen y concertar una cita en persona con un funcionario consular. También va a necesitar llenar una solicitud en-línea para obtener una visa de inmigrante, bajo la forma DS-260 y traer consigo la página de confirmación de la cita.

La cronología para el proceso consular depende del consulado o la embajada que le toque. Algunos solicitantes tienen que esperar varios meses para su cita, mientras que otros sólo esperan unas cuantas semanas. Una vez que usted llega a la cita para su entrevista, se le interrogará sobre sus destrezas, su nivel de escolaridad, su carrera y su trabajo en los Estados Unidos para determinar si su solicitud es legítima y si usted tiene las calificaciones suficientes.

Tenga en mente que cada EB-1A constituye un caso único y que puede haber diferentes tiempos para su proceso. Trabaje con su abogado especialista en las visas EB-1A para determinar exactamente qué tanto tiempo necesitará esperar para obtener su tarjeta verde.